Pagas ISR cada mes y también pagas en la declaración anual
Te estas costando dinero en impuestos NO ORDENAR los gastos e inversiones que realizas y con las que resuelves en tu hogar las necesidades de SALUD, EDUCACIÓN, VIVIENDA, AHORRO y RETIRO.
Disminuye el resultado que determina el ISR de tu declaración anual
Solicita el comprobante fiscal por lo que pagas de colegiaturas, consultas médicas, gastos hospitalarios y también de algunas pólizas de seguros.
Obtendrás una DISMINUCIÓN considerable en lo que pagas de ISR de tu declaración anual; ó bien, un SALDO A FAVOR que podrás solicitar en DEVOLUCIÓN.
¿ Para qué sirven y cuáles son las deducciones personales ?
SIRVEN exclusivamente para disminuir el ISR que en tu declaración anual de impuestos te resulta a pagar ó en su caso para que SAT te lo DEVUELVA. La devolución de impuestos procede cuando el ISR que pagas o te retienen durante lo meses del año es superior al que se determina en tu declaración anual, LAS DEDUCCIONES PERSONALES son determinantes para que esto ocurra.
Son los gastos e inversiones que realizas para resolver en tu hogar algunas necesidades en orden de SALUD, EDUCACIÓN, VIVIENDA, AHORRO y RETIRO.
¿ CUÁLES SON ?
GASTOS DE SALUD
Consultas médicas y dentales.
Servicios de psicología y nutrición.
Gastos hospitalarios.
Lentes graduados cuyo costoso no exceda de $2,500.
Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
Pólizas de seguros de gastos médicos.
¿ Cuales son ? SUJEY te lo dice, agenda consultoría SIN COSTO
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INVERSIONES PARA LA EDUCACIÓN
Colegiaturas desde nivel preescolar hasta bachillerato o equivalente, incluido profesional técnico.
Transporte escolar cuando es obligatorio para todos los alumnos.
NO son deducciones personales la que pagas por inscripciones ni colegiaturas a nivel profesional.
INVERSIONES EN LA VIVIENDA
Intereses que pagas anualmente a la institución financiera que te otorgo el crédito por tu vivienda.
INVERSIONES PARA EL AHORRO
Depósitos que realizas en cuentas personales especiales para el ahorro cuando dispongas de los mismos con posterioridad a los primeros 5 años.
¿ Donde realizarlos ? SUJEY te lo dice, agenda consultoría SIN COSTO.
INVERSIONES PARA EL RETIRO
Aportaciones voluntarias y complementarias en cuentas individualizadas administradas por instituciones autorizadas por el SAT, dichas aportaciones podrás disponer cuando cumplas 65 años y en los casos de invalidez o incapacidad para realizar el trabajo.
¿ Cales son las instituciones autorizadas ? SUJEY te lo dice, agenda consultoría SIN COSTO.
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